En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 2 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos OSWALDO JOSÉ FUENTES SOLÓRZANO, ISABEL TERESA SOLÓRZANO DE FUENTES, por derecho de representación de la ciudadana CARMEN ROSA FUENTES DE HURTADO los ciudadanos: FRANCISCO JOSÉ HURTADO FUENTES, NORAH ISABEL HURTADO FUENTES DE CLARKE, MARIELA DEL CARMEN HURTADO FUENTES, MARUJA DEL VALLE HURTADO FUENTES y LUIS ANTONIO HURTADO FUENTES; por derecho de representación del ciudadano JOSÉ MANUEL FUENTES SOLÓRZANO los ciudadanos OSCAR ANTONIO FUENTES LEAL, MANUEL JOSÉ FUENTES LEAL, FANNY DEL VALLE FUENTES LEAL, LIZBETH ARACELIS FUENTES LEAL y CÉSAR .....