SE ADMITE EN SU TOTALIDAD LA ACUSACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN FISCAL VIGÉSIMA PRIMERA A NIVEL NACIONAL, FISCALÍA AUXILIAR VIGÉSIMA PRIMERA A NIVEL NACIONAL y FISCAL DECIMA SEXTA DEL MINISTERIO PUBLICO, ABOGADOS. GINEIRA JAKIMA RODRIGUEZ URBINA, ROSANNA ALVAREZ RAMOS Y JOSMAR DIAZ, en contra de los acusados ALEJANDRO RAMON CARMONA ROSENDO y LUIS ORLANDO MAYA MORA, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada en relación con el artículo 16 numeral 2 en concordancia con el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada.
SEGUNDO: SE ADMITEN LA PRUEBAS OFRECIDAS POR EL MINISTERIO PUBLICO Y POR LA DEFENSA; al ser estimadas, licitas, necesarias y pertinentes en la búsqueda de la verdad, las cuales serán recibidas con las formalidades de la ley en fase de juicio en debate Oral.....