. A tales fines, se anexará copia certificada de la demanda y del presente auto, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 131 y 132 del Código de Procedimiento Civil. Compúlsese el libelo de demanda, el presente auto junto con la orden de comparecencia al pie, entréguese al alguacil encargado de practicar la citación. Líbrese compulsa y boleta de notificación una vez sean consignados los fotostatos correspondientes para tal fin.-