este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana NANCY MARIELA SANCHEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.004.034, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas en una porción de terreno propiedad municipal