...IV.- DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SINLUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 6° del artículo 346 Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el ordinal 6° del artículo 340 eiusdem, referida al defecto de forma de la demanda, promovida por la parte demandada, ciudadano GERALDO ANTONIO FORD DELGADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-10.279.049, mediante apoderados judiciales, abogados JOSÉ OMAR RIVERO SOSA y MARILBA ELIZABETH FORD, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 126.516 y 133.190, respectivamente.
SEGUNDO: CON LUGAR la cuestión previa contenida en el o.....