..., Declara CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: DANILO SOLEDAD VEITIA y MARIA DE LOS SANTOS DIAZ, ambos venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.754.089 y V-6.840.128, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Caucagua, de fecha 27 de Abril de 1.971.