Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por los ciudadanos RAQUEL JOSEFINA BAUTISTA de SILVA y OSWALDO SILVA SOMAZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.020.544 y V-15.774.979, respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha veinte (20) de diciembre del año 2010, ante la oficina del Registro Civil del Municipio Santos Michelena del estado Aragua, tal y como consta en el acta de matrimonio que riela bajo el Nº 124, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante el referido órgano durante el año 2010.
Publíquese en la p.....