DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Revocación interpuesto en fecha 01 de julio de 2.004 por el Dr. DANIEL RAMON IGLESIAS, Fiscal Segundo del Ministerio Público con competencia en Defensa Ambiental a nivel Nacional, contra el Acta levantada por éste Tribunal en fecha 18 de Junio de 2.004, por cuanto tal recurso no encuadra dentro de las exigencias que prevé el Artículo 444 del Código Orgánico Procesal al haberse interpuesto contra un Acta de Diferimiento y no contra un auto de mera sustanciación como lo prevé la norma in comento.-
En cuanto a los requerimientos solicitados en el escrito de fecha 03 de Octubre de 2.000 cursante a los folios 30 y 31, el Tribunal se pronunció con respecto a ellos en el auto dictado en fecha 16 de Octubre del mismo año, cursante al folio 66.-
Queda así ratificada la celebración de la Audiencia oral a los fines ya descritos, la cual tendrá lugar a las 9:00 a.m., del día 18 de Agosto de 2.004. Notifíquese tanto a la vindicta pública, como al ciudadano MARIO.....