Declara la Procedencia de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena, LIBERTAD CONDICIONAL, al penado MORA SANDOVAL YULMAN EDUARDO de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas Dtto. Capital, nacido en fecha 19-10-72, de 32 años de edad, de profesión u oficio Costurero de Calzado, con segundo año de instrucción, hijo de Juana Cristina Sandoval Barrios (v) y Padre desconocido, titular de la cédula de identidad N° 11.674.920 y en residenciado en Carretera Vieja Caracas Los Teques, Sector Rió Cristal, Km. 9, entrando a mano derecha, por el portón de color verde que tiene dos Dragones, casa N° 21, jurisdicción de la Parroquia Macarao, por llenar los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia debe el penado cumplir con las siguientes condiciones:
1) Presentarse por ante este tribunal cada 30 días.
2) Notificar al tribunal de cambio de dirección si fuere el caso.
3) Consignar por ante este tribunal Constancia de Trabajo cada tres (3) meses.
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