DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ACUERDA imponer al ciudadano FELIX JOSE OJEDA VILLAROEL, de nacionalidad venezolano, residenciado en EL ROSARO DE SOAPIRE, SECTOR EL CASCARON, CALLE PRINCIPAL, CASA S/N, nacido en fecha 30/05/1977, de 28 años, de profesión u oficio No consta, de estado civil Soltero/a y titular de la Cédula de Identidad N° 14014126, hijo de NICASIA VILLARROEL (V), GUSTAVO OJEDA (V), las medidas cautelares contenidas en los ordinales 3° y 8° del artículo 256 del texto adjetivo penal, por lo que este ciudadano, deberá presentar dos fiadores que acrediten en su conjunto, capacidad económica de treinta (30) UT, y una vez obtenida su libertad deberá presentarse cada ocho (08) días por la oficina del algua.....