Emite los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de los Abogados KARLA KERINA BORJAS Y JUAN ALEJANDRO GONZALEZ, en su carácter de Defensores del imputado PEREZ URBINA FRANKLIN EDUARDO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.850.438, de Revisión de Medida de Privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre su defendido. SEGUNDO: Se le imponen al ciudadano PEREZ URBINA FRANKLIN EDUARDO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.850.438, las Medidas contenidas en el artículo 256, en sus ordinales 2°, 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, consistentes, la del ordinal 2° en la obligación de someterse al cuidado y vigilancia de una persona responsable , la cual deberá informar mensualmente al Tribunal del comportamiento del imputado , así como consignar ante el Tribunal Constancia de Parentesco, Constancia de Buena Conducta y Constancia de Residencia, la del ordinal 3° referente a la obligación del imputado de presentarse ante e.....