Este Tribunal después de haber estudiado las actuaciones, considera que la presente causa debe ser remitida al Fiscal Superior de esta Circunscripción , tal como lo dispone el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no se acepta la solicitud, en virtud de considerar que debe establecerse como se produjo efectivamente el deceso de la ciudadana MARIA ELENA PATINO, deben señalarse los elementos que llevaron a considerar a la representante del Ministerio Público, que el hecho fue culposo y cometido por RAFAEL VILLAFRANCA. Debe explicarse con claridad como es que se concluye que RAFAEL VILLAFRANCA, arroya de manera culposa a la hoy occisa.