establecidas en el artículo 582 literales c) y b) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, para lo cual se le fija un régimen de presentaciones ante la sede de este Juzgado de cada tres (03) días, así mismo se le somete al cuido y vigilancia de su representante legal quien estando presente se le hace entrega del adolescente.