En consecuencia por lo anteriormente expuesto este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA: PRIMERO: La intimación y estimación de honorarios profesionales de abogados por las actuaciones en la presente causa la deberá instaurar por ante el Juez Civil competente por la cuantía, de conformidad con lo previsto en el Articulo 22 de la Ley de Abogados. Así se decide.
SEGUNDO: Se ordena remitir el cuaderno de Intimación de honorarios al Juzgado del Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, el cual debe contener el escrito de demanda y la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Juicio de esta Circunscripción, a los fines que conozca de la presente querella.
PUBLÌQUESE, REGÌSTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firm.....