DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus RIGOBERTO VILLEGAS, quien era en vida venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.739.849 y quien falleció Ab-intestato en fecha 05 de Mayo de 2.015; a los ciudadanos TELMA PENICHE DE VILLEGAS, GILBERTO VILLEGAS PENICHE, VICENTE EMILIO VILLEGAS PENICHE, EDGAR JOSÉ VILLEGAS PENICHE, NEIDY JUDITH VILLEGAS DE OROPEZA, FELIX EDUARDO VILLEGAS PENICHE y RIGOBERTO VILLEGAS PENICHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.645.222, V-8.754.123, V.....