Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: KATIUSCA DEL CARMEN GARCIA y VICTOR JOSE MARQUEZ ALVAREZ, cónyuges, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.531.967 y V-16.095.319, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 29 de Marzo de 1999, por ante el Registro Civil de la Parroquia Puerto Santo, Municipio Arismendi del Estado Sucre, según acta de matrimonio Nro. 06.-