Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: Otorgar el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL al penado DEIVIS JOSE LOPEZ OLIVARES, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.578.628, conforme a lo establecido en los artículos 64 ordinal 3° y 69 de la Ley de Régimen Penitenciario, en relación con el articulo 479 ordinal 1° y 500 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud que el mismo cumple con cada uno de los parámetros exigidos para la obtención del beneficio en cuestión, ordenándose su inmediata LIBERTAD.
Ahora bien, el penado deberá cumplir las siguientes condiciones:
1ro) Presentarse al Tribunal cada treinta (30) dí.....