... DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: JULIO JOSÉ MENESES CAMARGO y MERCEDES MIREYA ORTEGA, ambos plenamente identificados, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día 07 de noviembre de 1990, tal y como se desprende de copia certificada del acta de matrimonio Nro. 576, inserta en el Libro Duplicado de Registro Civil de Matrimonios del Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, correspondiente al año 1990, y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a insertar la presente sentencia, única y exclusivamente ante el Registro Civil correspondiente y agregar la nota marginal en la referida acta.