"... este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA PRESCRIPCION opuesta por la demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano RICARDO LEON PELLICER, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.927.841.en contra la sociedad mercantil ASOCIACION CIVIL LINEA DE TAXI BUENA AVENTURA. TERCERO: No hay condenatoria en costas a la parte actora de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo ..."