... declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos JULIANNE LISSETTE ALVARADO BARCENA y DEIVI ANDERSON PEÑA PACHECO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.078.086 y V-16.087.889, respectivamente, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 15 de diciembre de 2006, ante la Prefectura del Municipio Libertador, jefatura civil 23 de enero, Municipio libertador del Distrito Metropolitano de Caracas, según consta en Acta de Matrimonio Nº 54, del año 2006; todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIÓ.