Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) INADMISIBLE, de forma sobrevenida, LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los ciudadanos JOSÉ ANDRÉS VIVAS MASROUA E ILLINOIS JOSÉ ALBORNOZ LUNA, en sus caracteres de accionistas propietarios y socios titulares de las cuotas de participación Nos. 0841 y 0713 de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB PAN DE AZÚCAR y, 2) INADMISIBLE la intervención propuesta por los ciudadanos EDUARDO JOSÉ HERRERA OCHOA y MICHAEL JOEL HERRERA BERMÚDEZ, suficientemente identificados en autos, afirmándose "accionista propietario y socio titular de la cuota de participación No. 0932", el primero y "asociado familiar y beneficiario del derecho de la extensión de la acción 0932-F1", el segundo de los nombrados, de la Asociaci.....