Emite los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Se declara Sin lugar las excepciones opuestas por la Defensa e la ciudadana YELITZA ESPERANZA SAUME PÉREZ, titular de la Cédula de Identidad: 11.042.125, contenidas en el artículo 28 numeral 4, literal "i" del Código Orgánico Procesal Penal, por violación el artículo 326 numeral 5 ejusdem, por oposición al ofrecimiento de la prueba testimonial del ciudadano FRANCISCO ALBERTO GERIK FUENTES, por considerar quien aquí decide que dicha prueba es licita, pertinente y necesaria para el juicio oral y público...