PRIMERO: El penado PINTO HERNANDEZ JOSE FRANCISCO, titular de la cedula de identidad N ° V- 15.369.737, fue aprehendido en fecha 02 de febrero de 2008, tal y como se desprende del acta policial respectiva, permaneciendo detenido hasta el día 04 de agosto de 2009, siendo la detención por un lapso de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y DOS (02) DIAS DE PRISION, que al sumarle la Redención de TRES (03) MESES Y DIEZ (10) DIAS, e igualmente sumarle el tiempo que tiene cumpliendo con el régimen abierto de CUATRO (04) MESES Y TRES (03) DIAS; obteniendo un tiempo total de detención: de DOS (02) AÑOS, UN (01) MES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, faltándole por cumplir un remanente de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, pena esta que terminará de purgar en fecha 22 de octubre de 2011.
SEGUNDO: En relación a las penas accesorias contempladas en el artículo 16 ordinales 1 y 2 del Código Penal, varían en las fechas de su cumplimiento de la siguiente manera:
1.-) INHABI.....