"...declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el representante judicial de la parte actora; SEGUNDO: SE MODIFICA el auto de admisión de pruebas dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en fecha 30 de septiembre de 2010, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales sigue el ciudadano Ricardo León Pellicer en contra de la Asociación Civil Línea de Taxi Buena Aventura; y TERCERO: SE ORDENA al referido juzgado a quo admitir la prueba de exhibición de documentos referida a los libros de horas extraordinarias y vacaciones, así como la prueba de informes requerida a la empresa Bahía Visión Channel."...