-III-
DISPOSITIVA
-DECISION-
En fuerza lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial, Estado Bolivariano de Miranda. Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos: DORA ELIMENA ARAY HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.568.158, y GABRIEL ALEXANDER RODRIGUEZ MIRANDA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-13.320.225, En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, según acta de matrimonio Nº 08, folio 08, de fecha diecinueve (19) de septiembre de dos mil dos (2002), inserta en el libro de Matrimonios llevados por la Oficina de Registro Civil, Municipio Acevedo, Estado Bolivariano de Miranda durante el año 2002, a partir de que la presente quede definitivamente firme; ahora bien de conformidad con lo estable.....