Declara revisada y acuerda mantener la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de dos (02) años e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de diez (10) meses y doce días (12) días, las cuales culminan el día 18-01-18; impuestas al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado por la comisión del delito de COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 en relación con el artículo 83 ambos del Código Penal y POSESION ILICITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de los ciudadanos MOYA JUAN BAUTISTA y HERIBERTO HERNANDEZ DE LA ROSA; de conformidad con la función conferida por el artículo 647 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente