declara la extinción de las penas, tanto principal como accesorias que fueron impuestas a la ciudadana MIREYA MERCHAN Identificada con la Cédula de Identidad N° V- 9.063.426, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 105 del Código Penal y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Ello en virtud de que el Juzgado Superior Primero en lo Penal de esta misma Circunscripción Judicial y sede, la condenó a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN mas las accesorias contenidas en los artículos 16 y 34 del Código Penal, por encontrarla responsable del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal.