Se DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JUAN CARLOS ALVAREZ GUZMAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 16.589.798; sobre unas bienhechurías constituidas por una (01) vivienda unifamiliar, la cual tiene un área total de construcción de SETENTA Y CINCO METROS CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMETROS CUADRADOS (75,35), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, las cuales declara el solicitante haber construido con dinero de su propio peculio, con una superficie aproximada de CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CON DIECINUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (472,19 M2), ubicada en la siguiente dirección: Urbanización Polonias Nuevas, Sector la Culebrera, Ruta 6, San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias Estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos; en terreno propiedad del ciudadano JOSE FRANCISCO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identida.....