Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al acusado JESUS ALEJANDRO SERRANO RAMIREZ, titular de la Cédula de Identidad V-16.910.622, a quien se le seguía proceso por ante este Tribunal, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACION, tipificado en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, por haber operado LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR MUERTE DEL ACUSADO; y consecuencialmente se pone fin a los efectos de la acción penal, conforme a los artículos 173, 48, numeral 1°, 318 numeral 3° , 322 y 319 todos del Código Orgánico Procesal , con relación al artículo 103 del Código Penal Vigente.