Revisa la medida cautelar de fianza personal impuesta al ciudadano FREDDY ENRIQUE ROMERO VEGAS, titular de la Cédula de Identidad N° 12.416.106, en fecha 14-04-03, sustituyéndola por la prevista en el ordinal 2° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, sometiéndolo al cuidado y vigilancia del Comandante de su regimiento militar. Debiendo, una vez puesto en libertad, presentarse en un lapso no mayor de 48 horas en su comando. Notifíquese a las partes y líbrese boleta de traslado al imputado a fin de imponerlo de la presente decisión y se comprometa a cumplir con las obligaciones que la han sido impuestas. Una vez impuesto y comprometido se ordenará su inmediata libertad. Líbrese oficio al Comandante del Comando Rafael Urdaneta de la Quinta Division de Infantería de Selva del ejercito Venezolano, ubicado en el Estado Amazonas informándole la presente decisión.-