ACUERDA la REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO al penado GUILLERMO JOSÉ MUÑOZ GÓMEZ, titular de la Cédula de Identidad N°V-12.781.929, por un tiempo igual a CUATRO (04) MESES, VEINTISÉIS (26) DÍAS y DOCE (12) HORAS; conforme con lo previsto en numeral 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 13° y 14° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.....