este Juzgado del MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con los artículos 12, 243, y 881 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR LA DEMANDA intentada por ADMINISTRADORA BENCADICA, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito federal y Estado Miranda, en fecha 26/05/2002, bajo el N°. 678, Tomo 54-A-Sdo y de este domicilio representada por el ciudadano: JUAN CARLOS DIAZ CASTILLO, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N°. V- 4.682.687, contra CYBER COMUNICACIONES OCUMARE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N°. 543 A QTO, N°. 66, en la persona de sus representantes señores: VALERIE LEVY DE RODAN y ARNOLDO VAN BEZOOYEN, V.....