Se DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos HERENIA MAGALI SANTIAGO, JOSELYN DEL CARMEN CARBALLO SANTIAGO y JOSÉ LUIS CARBALLO SANTIAGO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.358.855, V-19.933.366 y V-18.031.934, en su orden, en su carácter de esposa e hijos del causante JOSÉ LUIS CARBALLO HURTADO, quien en vida era de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-3.810.534, quien falleció el día dos (2) de diciembre de dos mil veintidós (2022), tal como se desprende del acta de defunción No. 252, emitida por el Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha dos (2) de diciembre de dos mil veintidós (2022), todo esto sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.