PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la causa signada con el N° 6C8854-02, seguida en contra de los ciudadanos Pedro Miguel Acosta Berroteran y Gerson Orlando Contreras Álvarez, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.599.797 y V-11.023.852, respectivamente, por la comisión de los hechos ocurridos en fecha 14/04/1999, tipificados como Apropiación Indebida Calificada, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3°, en relación con lo dispuesto en el artículo 48 ordinal 8°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en los artículos 108 ordinal 5° y 110 en su primer aparte del Código Penal, y a tal efecto se ACUERDA LA LIBERTAD PLENA.-
SEGUNDO: Por tratarse de una decisión dictada en el curso de una audiencia quedaron notificadas las partes; notifíquese a la víctima con boleta que a tal efecto se ordena publicar en cartelera, de conformidad al contenido del artículo 175 en s.....