Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud del representante del Ministerio Público, y otorga al ciudadano ROJAS WILMER RAFAEL, la INMEDIATA LIBERTAD, en virtud de haberse violentado la Norma Constitucional establecida en el artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal , en consecuencia se decreta la Nulidad Absoluta del Acta de Detención practicada al ciudadano antes mencionado, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191 y 125 todos del Código Orgánico Procesal Penal