Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que el penado RODRÍGUEZ ALNAR NERIO GABRIEL, titular de la cédula de identidad N° V-17.532.620, ha cumplido de la pena impuesta por el Juzgado de primera instancia en función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques; un total de ONCE (11) MESES y VEINTIOCHO (28) DIAS DE PRESIDIO. SEGUNDO: Se establece que al mencionado ciudadano le falta por cumplir de la pena impuesta un total de UN (01) AÑO y DOS (02) DÍAS DE PRESIDIO, razón por la cual, la pena principal finaliza en fecha: 10/06/2007. TERCERO: Por cuanto el penado ut supra identificado, fue condenado a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, se estable que: LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá en fecha 10/06/2007. LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cumplirá el 10/12/2007; y LA INTERDICCIÓN CIVIL, la cumplirá el 10/06/2007. CUARTO: En acatamiento de lo ordenado p.....