DECRETA LA IMPROCEDENCIA DE OTORGAR EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, al penado: HECTOR JOSE LAOZ SALAZAR, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.098.020, por cuanto todos los informes Psicosociales practicados anteriormente, han arrojado fallo desfavorable. Conforme a lo previsto en los artículos 56 del Código Penal, 24 y 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.