De conformidad con lo dispuesto en el Procedimiento especial de Admisión de los Hechos, establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, , CONDENA al acusado YOHAN JOSE QUIARO HERNANDEZ, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, de estado civil soltero, de oficio obrero, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 06-03-1.984, hijo de Luis Enrique Quiaro Arteaga (v) y Mary Margarita Hernàndez (v), con residencia en el Sector La Cabrera, urbanización Pueblo Nuevo, al lado de la fabrica de cemento; Ocumare del Tuy, Estado Miranda. Identificado con la cédula de identidad Nº V-16.871.579 a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRISION, por su responsabilidad admitida en los delitos de TRAFICO ILICITO DE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE CULTAMIENTO previsto y sancionado en el artìculo 31 de la Ley Orgànica Contra el Trafico Ilìcito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotròpica.....