Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA el CESE DE LA MEDIDA DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD prevista en el artículo 625 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dictada al Joven IDENTIDAD OMITIDA, y en relación a las medidas de Imposición de reglas de Conductas y Libertad Asistida Se Ordena NO MODIFICAR NI SUSTITUIR las medidas impuestas al mencionado Joven antes identificado a tenor de las atribuciones contenida en el Literal ¿ a ¿ del Articulo 647 de La Ley Orgánica para La Protección del niño y del adolescente como lo es vigilar que se cumplan las medidas de acuerdo con la Sentencia, Notifíquese a las partes