Definitivamente como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal Unipersonal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial y Sede, la cual en fecha 12 de mayo del presente año 2.004, mediante la cual CONDENÓ al penado JAIRO ALFREDO CASTILLO, titular de la cédula de identidad # 12.086.983, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRESIDIO, por ser responsable de la comisión del delito de ACTOS LASCIVIOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 377 único aparte en relación con el artículo 375 ordinal 1°, concatenado con el artículo 74 ordinal 4° todos del Código Penal, así como al cumplimiento de las penas accesorias de presidio establecidas en el artículo 13 del Código Penal y al pago de las costas procesales, conforme a la estipulación contenida en el artículo 34 del mismo texto legal, por lo que se ACUERDA su inmediata ejecución, conforme a lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1°, en relación con lo dispuesto en el.....