Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se impone al ciudadano HERNANDEZ CASTILLO ABEXIS MIGUEL del Auto de detención dictado en fecha o6-09-1999, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal de esta circunscripción Judicial. SEGUNDO: Se acuerda imponer al ciudadano HERNANDEZ CASTILLO ABEXIS MIGUEL, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD PERSONAL: V-12.394.636 de 31 AÑOS de Edad, NATURAL DEL ESTADO GUARICO, de Estado Civil: Soltero, de Profesión u oficio: Charcutero, Trabaja en Charcutería Lácteos Quinta Avenida, ubicada: Catia Caracas, con Domicilio en el Sector Brisas de Oriente, parte alta la Cruz, Casa 4-2, Los Carrizal Estado Miranda, la medida contenida en el articulo 256 ordinal 3° el cual consiste en la presentación periódica por ante el Tribunal los días jueves cada quince(15) días, por considerar el Tribunal que con la aplicación de dicha medida queda asegurada la realización del proceso. TERCERO: Se ordena oficiar al Departamento del Cuerpo de de In.....