NIEGA la presente solicitud en relación a reconsiderar la medida de Revocatoria del Beneficio de Destacamento de Trabajo al penado ANTONIO JOSÉ ROJAS LAYA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.578.787, por estar la misma ajustada a derecho, en virtud de lo que establece la normativa legal, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.