...PRIMERO: Se acuerda la MEDIDA DE PROTECCION de conformidad con lo establecido en el artículo 21 ordinal 1° de la ley especial, la cual consistirá en CUSTODIA RESIDENCIAL MEDIANTE LA VIGILANCIA DIRECTA, practicada por funcionarios del INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL ESTADO MIRANDA, a la dirección suministrada por la ciudadana LETICIA CISNEROS PINTIO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-14.215.483, soltera, de 29 años de edad, grado de instrucción: Noveno Grado, profesión u oficio Operadora en Casino,el cual se encuentra residenciado en Vía San Pedro, Sector José Gregorio Hernández, casa N° 03, de color Blanco, tres pisos, rejas doradas, ubicada a orilla de carretera, Los Teques Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda, numero telefónico: 0212.515.45.01 y 0424.340.83.32 y de sus familiares, durante un lapso de tiempo de TRES (03) meses, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 42 ejusdem relacionado con la prórroga de la protección, quienes tendrán un lapso.....