declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano RAMON DESIDERIO MORA PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº 5.201.332, de las bienhechurías que se encuentran ubicadas en la Urbanización Valle Alto, Vía Los Montes Verdes, casa Nº 344, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de seis (06) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.