declara INADMISIBLE el presente Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho ABG. DAVID CHANG COLL, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano (OMISSIS), contra la decisión dictada en fecha 14 de marzo 2012, debidamente publicada en fecha 16 de marzo de 2012, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO, SECCIÓN ADOLESCENTE, mediante la cual el referido Órgano Jurisdiccional condenó al encausado de marras a cumplir una sanción de cinco (05) años de privación de libertad, por ser autor responsable del delito de SECUESTRO BREVE EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto en el artículo 6 de la Ley Contra Secuestro y Extorsión, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal Venezolano y LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto en el artículo 415 ejusdem, en perjuicio del ciudadano PABLO ANTONIO GONZÁLEZ HENRÍQUEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 620 Literal "f", en re.....