CONDENA al ciudadano EDGAR RAMOS MENDOZA, plenamente identificado al comienzo de la presente acta, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS de PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.