Conforme a lo expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la empresa PEPSICOLA DE VENEZUELA C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 234-2016 de fecha 06 de junio de 2016, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro.-