DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en
Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ANGEL TARCISIO GUARATE, quien era en vida venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.516.440 y quien falleció Ab-intestato en fecha 25 de Febrero de 2015; a los ciudadanos: FERNANDO ALEXIS GUARATE ALCANTARA, CARMEN TEOTISTE ALCANTARA de GUARATE e ISMAEL IGNACIO GUARATE ALCANTARA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros V-5.427.291, V-3.988.037, y V-6.045.115, respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros.