DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos CARMEN IRENE AROCHA DE RENGIFO y VICTOR HUGO RENGIFO AROCHA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 4.817.611 y V-19.294.804, en su orden, en su carácter de esposa e hijo del causante PEDRO JOSÉ RENGIFO, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-646.717, de estado civil soltero, el cual falleció ab intestato el día veintiocho (28) de mayo de dos mil veinticuatro (2024), tal como se desprende del acta de defunción No.822, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Los Teques del Municipio Guaicaipuro, en fecha veintiocho (28) de mayo del mismo año, todo esto sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.