NIEGA la solicitud realizada por la defensora del ciudadano GONZALO ENRIQUE SIMANCAS PLANAS, titular de la cédula de identidad No. 17.743.156, en el sentido de que se le revise la medida cautelar sustitutiva prevista en el ordinal 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello con base en lo establecido en los artículos 250, 251 y 256 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal.